Redacción —
- En otras entidades del país incluso en la Ciudad de México solo se han propuesto castigos económicos para quienes no porten, por ejemplo, el cubrebocas.
En Oaxaca entró en vigor la revocación de mandato y la desaparición de poderes contra las y los presidentes municipales, quienes incumplan con las medidas establecidas por las autoridades sanitarias ante el repunte de casos de COVID-19.
Serán motivo de la aplicación de estas sanciones: fiestas patronales, tianguis, baratillos, días de plaza, calendas; celebraciones como el Día de Muertos, Fieles Difuntos o las tradicionales “muerteadas”, y las sanciones les podrían costar el puesto a los ediles, así como a sus colaboradores.
En agosto pasado, el Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley Orgánica Municipal que consiste en la adición de fracciones a los artículos 44, 58, y 61, para que los ayuntamientos y los funcionarios cumplan su gestión en apego a la protección al derecho humano a la salud de sus habitantes.
En el Artículo 61, se estableció que los integrantes del Cabildo, quienes toleren y actúen escudados en sus facultades, contraviniendo con ello las disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias, podrían ser causal suficiente para la revocación de mandato.
Dichas reformas fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, el pasado 1 de octubre y entró en vigor al día siguiente.
Oaxaca, se convierte así, en uno de los primeros estados que aplicaría estas sanciones en caso de que los ediles no contribuyan en acciones contundentes para frenar la pandemia, sino por el contrario auspicien acciones que van en contra de las disposiciones estatales y federales.