Presentan en el Congreso local posible caso de corrupción de edil de Santiago Xanica

Redacción

En el siglo XXI existen en Oaxaca presidentes municipales con aires de monarcas que usan como propio el dinero destinado al pueblo. Así lo denunció la diputada Magaly López Domínguez al exponer ante el Pleno de la Diputación Permanente de la LXIV Legislatura del Oaxaca, la discrecionalidad con la que Ricardo Luria Alcázar, actual edil de Santiago Xanica, asigna los recursos del ramo 28 y 33 a sus tres agencias municipales.

López Domínguez señaló que de acuerdo con la información proporcionada por los agentes, por concepto de los ramos 28 y 33, el Presidente Municipal entrega mensualmente a Santa María Coixtepec, 35 mil pesos; a San Antonio Ozolotepec, 35 mil pesos, y San Felipe Lachilló, 50 mil pesos mensuales. Esto es, 120 mil pesos al mes para las tres agencias.

Los recursos anteriores contrastan con los ingresos municipales de este año por los ramos 28 y 33, para Santiago Xanica, pues estas aportaciones suman 15 millones 531 mil 195 pesos; cifras que en promedios mensuales ascendería a 1 millón 294 mil 266 pesos.

La también Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en la legislatura local, refirió que el Presidente Municipal entrega a las agencias municipales poco menos de diez por ciento de las participaciones y aportaciones federales que recibe de los ramos 28 y 33.

Derivado del panorama anterior, Magaly López Domínguez propuso a las y los integrantes de las LXIV Legislatura exhortar al titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado (OSFE) a que, en cumplimiento de su mandato legal, realice la revisión y fiscalización de la gestión financiera del Honorable Ayuntamiento de Santiago Xanica.

La Diputada Local también pidió al actual Secretario General de Gobierno, intervenir en la solución de esta problemática y al titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), a iniciar una investigación contra el presidente municipal de Santiago Xanica, Ricardo Luría Alcázar, por la posible violación al derecho a una mejora continua de las condiciones de existencia en agravio de las y los habitantes de las agencias municipales Santa María Coixtepec, San Antonio Ozolotepec y San Felipe Lachilló.