Por Deimos Sánchez
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria informa que se publicó la regla que amplía el uso de Mi Contabilidad a personas físicas que tributen en el régimen de actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento; misma que ya se utiliza en el caso de personas morales desde 2017.
De acuerdo a Albino Mendoza Administrador Desconcentrado del este organismo fiscalizador, explicó que desde este primero de octubre esta herramienta ya está disponible en el Portal del SAT y permitirá a los contribuyentes la opción de presentar sus pagos provisionales al elegir “clasificar facturas”.
Al utilizar la aplicación, 3.8 millones de personas físicas podrían beneficiarse y tener por cumplido el envío al SAT del archivo de la contabilidad electrónica, además de que ya no será necesario ingresar de forma mensual su información contable, ni presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
Con este tipo de acciones, dijo, el SAT reitera su compromiso de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes, lo cual, ha permitido a la presente administración mantener una economía sólida y en crecimiento con finanzas transparentes y ordenadas.