A partir del 25 de octubre, Oaxaca sancionará a empresas que vendan botellas de PET y unicel

Redacción

  • Las multas a quien incumpla estas disposiciones van de diez a 50 mil salarios mínimos, la suspensión o revocación de concesiones, incluido el arresto.

Tras la reforma a Ley para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, a partir del próximo 25 de octubre, se aplicarán sanciones en contra de cualquier empresa que distribuya botellas de plástico y embalajes desechables de unicel en Oaxaca.

Con dicha reforma a ley, en Oaxaca que da prohibida la venta, distribución o uso de botellas desechables de tereftalato de polietileno (PET), así como envases y embalajes desechables de poliestireno expandido (unicel), así lo anunció el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la 64 Legislatura del Congreso del Estado, Horacio Sosa Villavicencio, quien explicó que la reforma entró en vigor el 28 de junio del año pasado, una vez que se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca; no obstante, hace un año, empresarios refresqueros solicitaron una prórroga, la cual se les concedió por parte de los 42 diputadas de la 64 Legislatura, a fin de que agotaran el producto existente en sus bodegas. Ese plazo otorgado vence este 25 de octubre.

Con esta disposición se prevé reducir un 70% la emisión de contaminación por PET en el territorio del estado, pues se estima que el 52.8 % está constituida por botellas desechables de refresco y 17% por botellas desechables de agua.

Además se estima que las botellas de plástico se demoran entre 100 a 700 años en degradarse, dependiendo del espesor del plástico.

Por otro lado el unicel tarda entre 500 y 800 años en degradarse, según información de la UNAM.

Mientras que en México, el consumo nacional de unicel es de 125 mil toneladas anuales.

Volviendo a Oaxaca esta disposición señala además que las dependencias y entidades de los tres Poderes del gobierno del estado de Oaxaca, los gobiernos municipales, así como los órganos autónomos tienen prohibido adquirir, usar o distribuir productos en envases o embalajes de un solo uso.

Mientras que las micro y pequeñas empresas que comercializan directamente al consumidor final los productos con los envases de PET o embalajes de unicel, tendrán un año para eliminar de su inventario los productos prohibidos; para las medianas y grandes empresas, como supermercados, el límite de tiempo establecido para agotar la mercancía es de seis meses.

Con base en la ley, las multas a quien incumpla estas disposiciones van de diez a 50 mil salarios mínimos, la suspensión o revocación de concesiones o autorizaciones, decomisos, clausuras temporal o definitiva o incluso el arresto para quienes por parte de las empresas que utilizan este tipo de materiales para distribuir sus productos.